Claudio Agostini

Iluminando el debate tributario: el mito de la renta presunta

Una reforma tributaria integral en un país requiere un análisis extensivo y detallado. Es así como en Estados Unidos, Inglaterra y Australia...

Por: Claudio Agostini | Publicado: Jueves 31 de mayo de 2012 a las 05:00 hrs.
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Una reforma tributaria integral en un país requiere un análisis extensivo y detallado. Es así como en Estados Unidos, Inglaterra y Australia se crearon comisiones técnicas en las cuales un grupo de expertos durante cerca de un año hicieron una revisión profunda del estado del arte tanto de la teoría económica como de la evidencia empírica en materia de impuestos. Con esa información se analizó posteriormente en detalle el sistema tributario del país para determinar las reformas necesarias que permitieran tener un mejor sistema tributario. En el caso de Estados Unidos, incluso, se simularon distintas reformas para estimar sus efectos. Si bien la discusión final respecto a una reforma tributaria se realiza en el Parlamento, el trabajo de comisiones de este tipo puede ser una contribución importante para informar la discusión y derribar mitos .

En el caso de Chile no ha existido formalmente una comisión de expertos equivalente. Sin embargo, el grupo de trabajo CEP-Cieplan, del cual me tocó formar parte, realizó un esfuerzo técnico importante y de largo aliento en esta línea. Se revisó extensivamente la literatura económica, la evidencia empírica existente y las mejores prácticas en el mundo. Además se realizaron simulaciones con microdatos del SII que pueden no sólo iluminar y orientar el debate tributario, sino que también derriban algunos mitos. Un buen ejemplo de esto es la evidencia respecto al mecanismo de renta presunta.

Existen empresas en tres sectores económicos en Chile que tributan bajo sistema de renta presunta, donde la base del impuesto no son las utilidades. Los agricultores con ventas menores a 8.000 UTM pagan como impuesto el 10% del avalúo fiscal de la propiedad. Las empresas mineras con ventas anuales menores a 36.000 toneladas o 8.000 UTM pagan como impuesto un porcentaje de sus ventas netas dependiendo del valor del precio del cobre. Las empresas de transporte de carga con ventas menores a 3.000 UTM pagan como impuesto el 10% valor de vehículos. Para las empresas de transporte de pasajeros no hay límite al monto de las ventas, así que todas pueden declarar bajo renta presunta.

El objetivo de un impuesto en base a renta presunta es disminuir los costos de cumplimiento y fiscalización, pero sin bajarle los impuestos a algunos contribuyentes. Por eso hay que usarlo sólo cuando hay dificultades para medir, verificar y fiscalizar la base tributaria de algunos contribuyentes. Si la carga tributaria bajo renta presunta es menor a la de régimen general, se generan fuertes incentivos para que las empresas no crezcan o no reporten su crecimiento. La evidencia existente para otros países es que en la práctica los impuestos en base a renta presunta producen inequidades tributarias grandes, recaudan poco y terminan incentivando la informalidad en algunos sectores económicos.

Los datos para Chile muestran tres cosas importantes. La primera es que hay muchas empresas utilizando renta presunta a pesar de que su actividad económica no pertenece a agricultura, minería o transporte. Esto ocurre porque son empresas que tienen más de una actividad económica y al menos una de ellas puede tributar bajo renta presunta, lo cual permite traspasar utilidades de las actividades que no pueden tributar bajo renta presunta a las que sí pueden hacerlo. La segunda es que las empresas bajo renta presunta pagan en impuesto menos de la mitad de lo que les correspondería pagar de acuerdo a sus utilidades. La tercera es que si bien el uso de renta presunta debiera estar asociado a pequeños contribuyentes de bajos ingresos, en la práctica el 86,5% de las utilidades de las empresas que declaran bajo el sistema de renta presunta pertenecen a contribuyentes en el decil de más altos ingresos.

Las razones históricas para la tributación bajo renta presunta ya no existen. Estas empresas operan en el sector financiero, pagan IVA y es fácil fiscalizarlas. La evidencia del trabajo CEP-Cieplan es que por eficiencia y equidad hay que eliminar este sistema.

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